¿Se acuerdan de la tarea?
LLENAR LA SIGUIENTE MATRIZ CON EL TEMA DEL
SILALA
Objetivo General
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Objetivos específicos
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Metas
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Cronograma
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Recursos
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I. ¿Por qué habría de preocuparnos tal
tema?
Pues, porque es una
porción de nuestra sangre que está siendo usurpada.
Pos’tons’, así
cualquiera entiende
II. Aclarando el tema.
Lo primero será,
entonces, esclarecer el tema. Eso es lo correcto. Antes de definir el objetivo
general, démosle vueltas a la cuestión, hasta donde podamos.
¿Qué nos preocupa del tema? Para ser sinceros, hasta hace tres años, nada.
Si no hubiese sido por la denuncia periodística sobre la finalización del
Contrato firmado el 28 de octubre de 1.908, entre la Prefectura del
Departamento de Potosí y “The Antofagasta (Chili) and Bolivia Railway Co. Ltd. tal
vez ni nos habríamos enterado del asunto.
De acá se deduce que somos unos * ≈ ▓ Ǿ ☼ irresponsables con nuestro país. Recién desde entonces y para cubrir un
poco nuestra vergüenza, decidimos hacer algo, aunque aún nadie sabe, todavía,
qué. Mientras tanto, los vecinos y vecinas se ríen de nuestra estupidez.
Bueno, sobre el tapete
hay, por lo menos, tres posiciones: La del Gobierno de Chile, la del Gobierno
de Bolivia y la expresada por el libro “El Silala no es un río” (Compilación de
Mirko Orgás García, Producciones CIMA, La Paz, 2.011). Conozcámoslas:
III. Las posiciones en torno del Silala
TEMA
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GOBIERNO DE BOLIVIA
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Qué es el Silala?
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Artículo 1. Un sistema hídrico que hay que preservar,
sostener, usar y aprovechar, para el beneficio
de ambos países.
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En qué usa Chile hoy
las aguas del Silala
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En qué usa Bolivia hoy
las aguas del Silala
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En nada
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Qué hacer
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ACUERDO INICIAL SOBRE LAS AGUAS DEL SILALA
(BOLIVIA -. CHILE)
(La selección de los artículos ha sido hecha por Gonzalo Ruiz Paz)
Artículo
3.
Por el presente Acuerdo se establece que las aguas de libre disponibilidad de
Bolivia y captadas en su país podrán ser conducidas para ser aprovechadas en
Chile. En tal caso, el titular público boliviano de la autorización para el
otorgamiento del uso de dichas aguas será compensado por las personas
jurídicas de derecho público o privado que se constituyan en aprovechatarias
(sic) de dichas aguas.
Artículo
13. El
Ministerio de Medio Ambiente y Agua determinará el valor por metro cúbico que
percibirá el Estado Plurinacional de Bolivia a título de compensación en
función de volumen transferido, el que será acordado directamente con la
persona jurídica de derecho público o privado interesada. Asimismo,
determinará la periodicidad con que percibirá dicho valor y las
garantías para asegurar la compensación.
Artículo
16. En caso de
que en la aplicación o interpretación de este Acuerdo surgiere una
diferencia, contingencia o asunto que requiera la atención conjunta de las
Partes, cualquiera de ellas podrá convocar al Grupo de Trabajo Bolivia-Chile
sobre el tema del Silala, creado por las Cancillerías de ambos Estados en
2004, para resolverla o darle una respuesta apropiada.
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2. Para el Gobierno de Chile (expresado también en la “Agenda” y el
“Acuerdo Inicial”
TEMA
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Gobierno de Chile
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¿Qué es el Silala?
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Artículo 1. Un
sistema hídrico que hay que preservar, sostener, usar y aprovechar, para el beneficio de ambos países.
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En qué usa Chile hoy las aguas del Silala
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Para la minería y el consumo de la población.
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En qué usa Bolivia hoy las aguas del Silala
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Qué hacer
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(Suponemos), defender la situación lograda, a partir
de la firma de un contrato de largo aliento.
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