10 de abril de 2012

¡HACIA LA REFUNDACIÓN DE POTOSÍ!


1. INTRODUCCIÓN

 Esta vista del “Cerro" es poco frecuente ¿no es cierto? Pues algo parecido usted leerá a continuación: Varios argumentos, que muestran que Potosí puede ser visto también, desde “otro “ángulo”. Ojala los mismos, logren empujar a potosinos y potosinas, a hacerse cargo de sus principales asuntos, a “refundar” Potosí. 

Si bien todos sabemos cuán grandes son las riquezas potosinas, lo que sabemos menos es que ellas son justamente, la causa para sea tan débil. Ya desde la época de nuestros nobles abuelos defensores del Chaco, y aún antes, ya ansiábamos que dicho patrimonio se industrialice, para que el trabajo y el gozo bolivianos, sean producto de nuestras manos: El gran anhelo potoco y boliviano. Presento este trabajo, en la esperanza que el mismo contribuya a dicho propósito.

Comienzo analizando algunos contratos - de “riesgo compartido” - que, para la explotación e industrialización de similares riquezas en otros lugares de Bolivia, se han venido firmando en los últimos años. Las conclusiones a las que arribo, permiten aclarar el tema y presentar un plan para la construcción de la solución.

2. LOS ABUSIVOS CONTRATOS

La propiedad sobre las riquezas naturales bolivianas está en duda

1. Según el Contrato de operación entre YPFB y PETROBRAS Energía S.A. Sucursal Bolivia, Petrobras puede llevarse el gas que quiera, mientras pague lo que dice la ley, siempre que ejecute todas las operaciones, a su riesgo. Al respecto, la Fundación Jubileo expresa, que si bien el Contrato de Operación establece las fórmulas para la retribución al titular y las inversiones que les serán reconocidas, aún no sabe si hay o no beneficios pues, se desconoce la metodología para su determinación

2. Para la Empresa Siderúrgica del Mutún, es más o menos lo mismo. Comibol aporta las Concesiones Mineras y la “Jindal Steel Bolivia” [JSB], mientras pague lo que corresponde, puede ejecutar y administrar el Proyecto. El mismo incluye las concesiones mineras, la exploración, la explotación minera, la concentración, la peletización, la reducción directa, la aceración, la industrialización y la comercialización de los productos metalúrgicos y siderúrgicos.

3. El Contrato de Riesgo Compartido “Proyecto Cuprífero Corocoro”, luce igual. La Empresa Coreana se llevará el cobre electrolítico producido, mientras no falle en la ejecución de las dos etapas del proyecto. Para el logro de este objetivo, Comibol aporta las Concesiones Mineras, el derecho a disponer y a comercializar los productos extraídos, al uso de los demás recursos mineros, sin limitación ni restricción alguna, incluido el uso de la documentación de orden técnico. A cambio, el 55% será para COMIBOL y 45% para la EMPRESA

El ejercicio profesional, especialmente de la ingeniería, ha quedado limitado

1. Según el inciso 4.1 del Contrato de operación entre YPFB y PETROBRAS Energía S.A. Sucursal Bolivia, Petrobras tiene el derecho a ejecutar todas las Operaciones y proveer todo el personal, tecnología, instalaciones, materiales y capital necesarios. Este aspecto es ratificado en el inciso 15.1.

2. Según la Clausula Octava del contrato con la Empresa Siderúrgica del Mutún, establece que la JSB tiene el derecho al diseño, el suministro, la construcción, el montaje y la puesta en operación del complejo siderúrgico. Es decir, toda la ingeniería (estudios técnicos, económico financieros, sociales y ambientales) de cada fase: minería, concentración, peletización, reducción directa y acería.

3. Según el inciso 18.1 del Contrato de Riesgo Compartido “Proyecto Cuprífero Corocoro”, la Kores tiene el derecho a administrar, operar y controlar, de manera exclusiva y autónoma, la explotación y el desarrollo de las operaciones del Proyecto, sin exclusión ni limitación alguna, de acuerdo a las normas bolivianas.

Los plazos de los contratos limitan la vida de todos los bolivianos

1. La clausula 5.2 del Contrato de Operación entre YPFB y PETROBRAS Energía S.A. Sucursal Bolivia, establece un plazo de 22 años (hasta que se termine).

2. Según la Clausula Novena del contrato de la Empresa Siderúrgica del Mutún, el plazo es de 40 años, no renovable (hasta que se termine).

3. Según la clausula 10. 1 del “Proyecto Cuprífero Corocoro”, el plazo es de 30 años, renovable (hasta que se termine). 

Así, no se puede diseñar ninguna política, ni energética ni minero metalúrgica

1. El estudio del Contrato entre YPFB y PETROBRAS Energía, nos permite decir que si Petrobras ejecutará y conducirá todas las Operaciones, cubrirá todos los costos y proveerá de todo: ¿para qué los bolivianos necesitan un “plan nacional de desarrollo”?

2. Lo mismo para el caso del Contrato con la Empresa Siderúrgica del Mutún. Si la JSB tiene el derecho a diseñar, suministrar, construir, hacer el montaje, operar y vender: ¿para qué una política siderúrgica?

3. De igual manera para el Contrato de Riesgo Compartido “Proyecto Cuprífero Corocoro”.  Si la Kores administrará, operará y controlará la explotación, las operaciones y la comercialización: ¿para qué una política o marchas o huelgas?

3. LAS REFLEXIONES

Pensando en Potosí, es necesario responder, con claridad, a las siguientes preguntas:

Primero: ¿De quién son las riquezas naturales en Bolivia? Los contratos colocan a Potosí como vendedora de riquezas naturales, como encargada de abastecer materias primas, al mundo. A través de ellos, Potosí está obligada a aceptar el miserable lugar, que la “división internacional del trabajo” le ha impuesto, con la complicidad de casi todos los gobiernos, desde 1.825.

Segundo: ¿Es pertinente el actual ejercicio profesional, principalmente de la ingeniería, para preservar los derechos de Potosí? Los contratos subordinan el ejercicio profesional, principalmente de la ingeniería. Tal parece que nuestros jóvenes estudian en la U en vano, pues nunca podrán trabajar en las labores de dirección de las empresas señaladas, dedicadas todas ellas, sólo a preparar las riquezas naturales bolivianas. Pero, por otro lado, también es cierto que la UATF, al no ocuparse en las labores teóricas y prácticas de la transformación industrial de dichas materias primas, muy flaco favor le hace a Potosí.
Tercero: ¿Qué hacer con los plazos que marcan los contratos? Los contratos han amarrado de pies y manos a los potosinos. Para revertirlos, será necesario renegociarlos o romperlos (nacionalización). Mientras tanto, habrá que tener mucho cuidadoso con el tema.
Cuarto: ¿Los potosinos podemos diseñar nuestras políticas minero metalúrgicas? Los contratos hacen daño a Potosí. Sus ciudadanos no saben si sus riquezas son de ellos o no. No saben si los esfuerzos profesionales de sus hijos ayudarán a salir de la actual situación. ¿Y los plazos?, comparados con la vida de una persona, son eternos y hasta que no quede nada. Hasta ahora, mucho de lo que lograron comprender nuestros abuelos, ha sido olvidado por sus nietos. De la misma manera, lo que hemos logrado entender hasta ahora, si no nos ocupamos del tema, será olvidado por nuestros hijos. En esas circunstancias, imposible hacer políticas, mientras los anteriores cuatro puntos, entre otros, no se hayan resuelto.
Conclusión: Por lo tanto, dados semejantes antecedentes, lo mismo podría ocurrir con las Aguas del Silala, con el litio  la plata, el plomo, etc. Si los potosinos y potosinas no paramos las orejas, estamos fritos. 

 CUADRO 1. LAS PREGUNTAS CENTRALES

4. LAS CONCLUSIONES

Primero. Si los potosinos y potosinas resolvemos los cuatro temas expuestos, esto nos llevaría a redefinir la situación global del Departamento, respecto de Bolivia y del mundo entero. Dicho en pocas palabras: “Refundar” Potosí.
Segundo: Hay, por lo menos, cuatro temas en el tintero: 
1. La propiedad de las riquezas naturales, específicamente, la de los minerales (aspecto jurídico).
2. La pertinencia del ejercicio de las diversas profesiones ligadas a su explotación, industrialización, comercialización y protección del medio ambiente. Nos referimos a la ingeniería, la técnica, la administración, la economía, la ecología, etc. (aspecto técnico).
3. Las características que deberían tener los contratos, a partir del análisis de los actuales, de tipo “riesgo compartido” y “llave en mano”, (aspecto jurídico, parte II).
4. Establecer quién debe hacerse cargo, cómo, para qué y en qué circunstancias, de la industrialización de las riquezas minerales. Es decir, el diseño de políticas minero metalúrgicas potosinas (aspecto institucional). 
Tercero: Por lo tanto, la industrialización de las riquezas naturales en Potosí, pasa por la solución de, por lo menos, estos cuatro temas:
1. Las relaciones sociales de producción, en Potosí.
2. La relación entre Potosí y la “división internacional del trabajo”.
3. El tipo de formación profesional, que debe ser adecuada a la “refundación” de Potosí.
4. Por último, las políticas minero metalúrgicas potosinas a dictarse deben ser de consenso y bajo control de los propios potosinos.

CUADRO 2. ASPECTOS COMPROMETIDOS EN LA “REFUNDACIÓN” DE POTOSÍ

 5. DOS PROPUESTAS

PROPUESTA 1. ESTABLECER CUATRO LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN.

Una “línea de Investigación” implica el tratamiento sistemático, en términos teóricos, metodológicos y prácticos, de una problemática social. Pero en Potosí, significa mucho más. Implica la construcción de una mística científica común. De un anhelo hecho carne, en el grupo de investigadores, encargados de actuar sobre los objeto de estudio y transformación, definidos por dichas líneas.

Ahora bien, para la industrialización de las riquezas mineras potosinas hay por lo menos, cuatro líneas de investigación, correspondientes a los cuatro temas a resolver:

1. Línea de investigación sobre las relaciones sociales de producción en Potosí.
2. Línea de investigación sobre la relación entre Potosí y la “división internacional del trabajo.
3. Línea de investigación sobre el tipo de formación profesional más adecuada a la “refundación” de Potosí. 
4. Línea de investigación para la elaboración de políticas minero metalúrgicas potosinas, de consenso y bajo control de los propios potosinos.
Metodología: Cada línea de investigación es de propiedad exclusiva del pueblo potosino. Sólo podrá ser maneja por la Comisión Encargada de la Refundación de Potosí. Específicamente, a través de la comisión, a través de su Secretaría Científica, que coordinará seminarios específicos, para la constitución de cada línea de investigación. La Secretaría Científica coordinará con las universidades (públicas y privadas), y otras instituciones, su ejecución. También estará encargada de seleccionar, por concurso, a los investigadores que intervendrán en cada línea.

CUADRO 3. LAS CUATRO LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN CENTRALES

PROPUESTA 2. ESTABLECER INSTITUTOS TECNOLÓGICOS PARA TRATAR LOS RESIDUOS MINERO METALÚRGICOS

Atención, jóvenes y adultos de Potosí:

1. Como al parecer es difícil la industrialización de las riquezas naturales más importantes (litio, estaño, plomo, zinc, plata), podríamos intentar hacerlo con sus subproductos:
2. Esto porque el Estado Plurinacional de Bolivia, ha decidido firmar contratos de “riesgo compartido” o “llave en mano”, para la explotación e industrialización de nuestras riquezas naturales.
3. Esta situación le permite al inversionista, decidir sobre la propiedad, la ingeniería, la comercialización e industrialización, de cada uno de los productos, lo que limita la elaboración de políticas minero metalúrgicas propias, pudiendo las empresas locales acceder sólo a un subcontrato o, en el caso de los profesionales a una labor subordinada y jamás de dirección.
4. Que, sin embargo, hoy en día, algunas empresas metalúrgicas están tratando, por su propia iniciativa los subproductos resultantes de los procesos centrales. Tal el caso de Vinto - Oruro en sus esfuerzos por extraer el oro e indio. Este interesante y nuevo rumbo de desarrollo industrial, puede ser aprovechado a favor de la industrialización del país.

POR LO TANTO PROPONEMOS:

1. Declarar que las labores de tratamiento de subproductos de la industria minera y metalúrgica, nacionales, sea de exclusiva responsabilidad de los(as) bolivianos(as) asociados en formas de organización económica comunitaria, estatal, privada o social cooperativa.
2. Proponer para el efecto, la constitución de Institutos Tecnológicos destinados no sólo a la producción, sino también a la investigación y la formación profesional.
7. Los Institutos son empresas (comunitarias, estatales, privadas o cooperativas), libremente constituidas, sometidas a las leyes nacionales en vigencia, con el único objetivo de ejecutar procesos, metalúrgicos o químicos, con los subproductos de las empresas mineras o metalúrgicas constituidas en el país, para luego comercializarlos.
3. Cada contrato en parte - entre un Instituto Tecnológico y alguna empresa minera o metalúrgica nacional - estipulará los precios, las condiciones y la propiedad de los productos finales, entre otros.
4. Los Institutos Tecnológicos, serán los únicos que podrán participar en las licitaciones públicas para el tratamiento de subproductos metalúrgicos, pero no gozaran de ninguna subvención por parte del Estado.
5. Los componentes del Subsistema de Educación Superior de Formación Profesional (universidades - públicas y privadas - y los institutos tecnológicos),  existentes en el país, podrán constituir sus propios Institutos Tecnológicos, de carácter autárquico.

CUADRO 5. ESQUEMA PARA LA INDUSTRIALIZACIÓN DE LOS SUBPRODUCTOS

ANEXOS

1. CONTRATO DE OPERACIÓN ENTRE YPFB Y PETROBRAS ENERGÍA S.A. SUCURSAL (parte)

4.1 Objeto del contrato. [El titular ejecutará] todas las Operaciones Petroleras […] a su exclusiva cuenta y riesgo […] cubrirá todos los costos y proveerá todo el personal, tecnología, instalaciones, Materiales y capital necesarios […]. YPFB no asumirá ningún riesgo ni responsabilidad [ni en] Operaciones [ni en] los resultados […].
15.1 Obligaciones del titular a. Conducir la Operaciones Petroleras de forma continua […]. c. Emplear el personal calificado así como suministrar todos los recursos necesarios para la ejecución de las operaciones petroleras […] (Los subrayados y las cursivas son nuestros)

2. CONTRATO PARA LA EMPRESA SIDERÚRGICA DEL MUTÚN (parte)

6.49 propuesta técnica. El estudio técnico será elaborado por la empresa MECON, presentada por la JSL […]. La adecuación de la propuesta técnica a los parámetros del Plan de Desarrollo [corresponde a] la JSB […].
6.50. Proyecto. […] operaciones y actividades […] para cumplir el objeto y los fines del Mutun-RC […] el proyecto será administrado y ejecutado por JSB […] e incluye la exploración, explotación minera, concentración, peletización, reducción directa, aceración, industrialización y comercialización de los productos metalúrgicos y siderúrgicos […].
7.1 El Objeto del presente Contrato […] Obtención de […] 1,73 millones de T/año de acero; hierro de reducción directa; y […] la comercialización de productos intermedios industrializados y no industrializados (concentrados, lumps y pellets) remanentes, después de la producción de DRI […]
7.2 La explotación minera de 25 millones T/año de mineral de hierro […] 70% de mineral primario y 30% de mineral secundario.
Octava (alcance).- El alcance del presente Contrato […] incluye el diseño, suministro, construcción, montaje y puesta en operación de un complejo siderúrgico [compuesto por]:
8.1 ingeniería. […] todos los estudios técnicos, económico financieros, sociales y ambientales [de] ingeniería conceptual, básica y de detalle de cada fase […]: minería […], concentración […], peletización […], reducción directa […], acería […].
Novena. (Plazo). […] no renovable de 40 años.
11.1 Aporte de JSB. JSB [aporta lo siguiente]: 1. Las inversiones requeridas (2.100 millones de $US). 2. Los conocimientos técnicos y la tecnología […]. 3. La experiencia administrativa y de gerenciamiento del complejo […], su conocimiento del mercado y experticia en el mercadeo. 4. Las instalaciones industriales […]. 5 Construcciones adicionales. 
11.2 Aporte de ESM. 1. Derechos a explorar, prospectar, explotar […] las concesiones mineras […]. 2. Derecho a uso de agua subterránea y de superficie […] sin limitación ni restricción ninguna […]. 3. Infraestructura […] escuela, hospital, viviendas […] 4. El uso de toda la documentación de orden técnico […].
12.4 Los derechos de prospección, exploración, explotación […] comercialización y transporte […] las concesiones […] son cedidos por COMIBOL a favor de ESM […] como aporte […]
13.2 COMIBOL no podrá realizar ninguna acción […] que resulte en la negación, restricción o recorte […] de los derechos cedidos a ESM [y que] retrase o restrinja la debida implementación del Proyecto […].
13.3 COMIBOL no podrá explotar ni ingresar al Área de Contrato con fines de explotación de manganeso, caliza y otros minerales, sin el permiso expreso de JSB.

3. PARA EL CONTRATO DE RIESGO COMPARTIDO “PROYECTO CUPRÍFERO COROCORO” (parte)
Korea Resources Corporation & Corporación Minera de Bolivia

1.2 [LA EMPRESA] Korea Resources Corporation […] deberá [contar con] una subsidiaria para que actué como operador del RC en Bolivia (en adelante la EMPRESA).
5. Objeto del contrato. 5.1 [Establecer] un RC [con] dos etapas […] hasta la producción de cobre electrolítico […].
Primera etapa: Exploración, Prueba piloto /Leaching SX-EW y Estudio de Factibilidad
Primera fase: Análisis; estudios geológicos, exploración […] (sigue una larga lista de objetivos).
Segunda fase: Exámenes y estudios de factibilidad metalúrgica.
Tercera fase: Elaboración de estudios de factibilidad.
[…]Previa a la construcción de las unidades […] se presentará el Estudio de Factibilidad y Licencia Ambiental.
Segunda etapa. Desarrollo y producción. [Previa aprobación del] Estudio de Factibilidad. Su costo es de 200 millones de $US, aportados por LA EMPRESA.
7.1 aportes de comibol al riesgo compartido: el derecho exclusivo de exportar, desarrollar y explotar las Concesiones Mineras. [También] la comercialización y disposición de Productos extraídos de las mismas. Usos de los demás recursos mineros […] sin limitación ni restricción alguna […] Uso de la documentación de orden técnico […] sin responsabilidad de COMIBOL sobre el uso de los mismos. Uso de cualquier otro derecho […].
8.1 aportes de la empresa al riesgo compartido y comercialización. La EMPRESA financiará toda la primera Etapa, con un aporte a fondo perdido […] de 10 millones de $US. [y de] 200 millones de $US para la Segunda […].
8.3  Las inversiones para la segunda etapa. […] involucra: Maquinaria y equipos para [la] lixiviación por agitación, maquinaria e instalaciones para la electrodeposición […]. El financiamiento a cargo de la EMPRESA o será contratado por la Empresa, la que podrá otorgar los activos libres del RC […]. La Empresa […] efectuará las inversiones necesarias para utilizar en el Proyecto una tecnología adecuada así como servicios, maquinaria, equipo, implementos, materiales […] y asumir todos los compromisos para una racional y eficiente explotación […].
8.4 La comercialización estará a cargo de la EMPRESA
10. 1 Plazo de la segunda etapa del contrato. […] es de 30 años [que] podrá ser prorrogado […].
CLAUSULA NOVENA. [Si] fuesen requeridas inversiones adicionales para […] mejorar los índices productivos […] la EMPRESA [puede] financiarlos […].
15.1 Participación económica de COMIBOL en el RC. […] 55% para COMIBOL y 45% para la EMPRESA. La inversión realizada por la EMPRESA en la Segunda Etapa será recuperada con prioridad […]
18.1 Diligencia requerida en la administración. La EMPRESA administrará, operará y controlará de manera exclusiva y autónoma la explotación y el desarrollo de las operaciones del Proyecto, sin exclusión ni limitación alguna [de acuerdo] a las normas bolivianas […].
18.2  La EMPRESA deberá conducir las operaciones del RC de manera racional y sistemática en conformidad con estándares y prácticas mineras e industriales aceptables.
26.1 Confidencialidad. Los términos financieros del Contrato y toda la información […] de cualquier tipo que se obtenga [sobre] el cumplimiento o [sobre] las operaciones […] será de exclusiva propiedad de las mismas y […] no podrá ser comunicada a ningún tercero, a trabajadores dependientes o contratistas o al público, sin [previo] consentimiento escrito […].

3 comentarios:

Anónimo dijo...

No conocía estas habilidades tuyas. Luce interesante la manera planteada de unir política con educación, que siempre fue tu rollo.
José L

Anónimo dijo...

Estimado ingeniero. Esta posibilidad de unir política con investigación ceintifica podría ser una alternativa. El problema esta en que los potosinos somos dejados, mientras no veamos dinero de por medio. ¿Será una herencia de los españoles? La gente que se preocupa por nuestra tierra es muy poca y, además, no tiene poder de decisión. En realidad el futuro parece negro. Bien por usted que alienta este fuego que amenaza con extinguirse.
José Inturias

Anónimo dijo...

Bien interesante la propuesta, el problema son los potosinos.
René

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