Inicialmente (15.12.2014), para la "Dirección General de Educación Superior Técnica, Tecnológica, Lingüística y Artística" del Ministerio de educación, sólo podían ser inhabilitados al "Proceso de Institucionalización", aquellos postulantes que tuviesen "SENTENCIA EJECUTORIADA".
Posteriormente (29.12.2014), la misma Dirección, para que a nadie le quepa duda, reiteran la norma: Si el(la) "cochinito(a)" no tiene "SENTENCIA EJECUTORIADA", la imputación es una vil calumnia.
Sin embargo, en fecha 9.01.2015, la "SENTENCIA EJECUTORIADA" cambia, bruscamente, a "DENUNCIA SUSTENTADA", lo que resulta algo sospechoso.
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